Adeudo de intereses de demora durante el proceso de renovación de operaciones de crédito
Es el caso en el que estando próxima la fecha de vencimiento de una operación de crédito, el titular del mismo negocia, junto con la entidad, la renovación de dicha operación de crédito, si bien la formalización de la nueva renovación se lleva a cabo con posterioridad al vencimiento de la operación renovada por causas no imputables, en exclusiva, al titular de la misma. En este supuesto la liquidación de intereses por parte de la entidad aplicando el tipo de demora no se considera adecuada, ya que supone trasladar al cliente la falta de diligencia de la entidad en la tramitación de la operación.
Fuente: bde.es