El Centro de Cooperación Interbancaria, la asociación creada por bancos, cajas y cooperativas que gestiona actualmente el RAI, ha decidido aplicar la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) que le obligaba a abrir su registro sobre “incumplimiento de pagos” a terceros.
Así lo anunciaron a EFE responsables del CCI, que ha renunciado a recurrir en casación ante el Tribunal Supremo varias decisiones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que iban en contra de sus pretensiones para mantener este fichero lejos del alcance de terceros.
El máximo responsable de garantizar la libre competencia en España decidió no renovar la autorización de funcionamiento del RAI, ya que no permite que otros operadores del sector de empresas de información de solvencia accedan a sus ficheros, tal y como le había solicitado el TDC.
Ahora, viendo la evolución de sus recursos en la vía judicial, el Centro de Cooperación Interbancaria (CCI) tomó la decisión de abrirlo a acreedores y empresas de la información y comunicar este paso al TDC, señaló un portavoz del centro.
El CCI entendía que, si cumplía con las exigencias del tribunal sobre el RAI -que contiene información sobre incumplimientos e obligaciones de pago-, podía vulnerar la legislación sobre protección de datos y argumentaba que el acceso a su archivo por parte de los acreedores y de otras empresas de información de solvencia supondría el incumplimiento de los fines para los que se creó.
El RAI, a diferencia de otras empresas con sistema para comprobar la solvencia de los clientes, no permitía el acceso a sus bases de datos de otros operadores.
Ese “modus operandi” hizo que la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC) emprendiera acciones y denunciara a la compañía, ya en 1991, por considerar que su funcionamiento colisionaba con las prácticas de “una leal y sana competencia”.
Los registros de morosos están muy extendidos en España, donde existen 130 compañías dedicadas a elaborar estos ficheros para después venderlos a quien se los solicite, posibilidad autorizada por la Ley de Protección de Datos, que entiende que estas listas son beneficiosas para la actividad económica.
Con ese enfoque suelen discrepar las asociaciones de consumidores, que insisten en que la inclusión de un cliente en un registro de morosos no tiene en cuenta, como el caso del RAI, las causas que motivaron el impago de la deuda, y además impide a los usuarios a volver al circuito bancario.
Fuente: EFECOM